El Gobierno nacional derogó un decreto de la gestión anterior que prohibía el ingreso de extranjeros con antecedentes a la Argentina. Adujo que los cambios introducidos por ese decreto “resultan irreconciliables con la Constitución Nacional y con el sistema internacional de protección de los derechos humanos”.
Así lo establece el Decreto 138/2021 publicado este viernes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández y los ministros que integran el Gabinete nacional, que deroga el decreto 70/2017, que modificó aspectos de la Ley N° 25.871 que establece el régimen de la política migratoria argentina.
Decreto derogado
El decreto derogado expulsaba y negaba el ingreso a delincuentes extranjeros con mayor agilidad. El argumento que había impuesto la gestión macrista radicaba en “la duración de los procesos administrativos y judiciales” y en el incremento de personas extranjeras bajo custodia del Servicio Penitenciario, que en 2016 alcanzó al 21,3% de la población carcelaria total (33% si se sumaba a las personas detenidas por narcotráfico).
Lo que estableció la norma era también la prohibición de ingreso a aquellas personas que presentaron documentación falsa u omitieron informar acerca de sus antecedentes penales; lo mismo para con quienes cumplan condena o tengan antecedentes –tanto en Argentina como el exterior- “por delitos que merezcan, según las leyes argentinas, penas privativas de libertad” o “delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas”.
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Asimismo, regia la prohibición de ingreso para quienes estuvieran involucrados en actos de terrorismo, crímenes de guerra, de lesa humanidad o promuevan la prostitución.
La Ley de Migraciones establecía al mismo tiempo que un extranjero podría ser expulsado por “cometer delitos graves con pena mayor a cinco años -en el caso de los residentes-, y por cometer delitos con pena superior a tres años, en el caso de los no residentes”.
Derogación
Ahora, el Gobierno de Alberto Fernández explicó en la derogación que ese decreto “modificó aspectos sustanciales” de esa ley, y que, como resultado de esas modificaciones, se observan violaciones a los derechos humanos. Entre ellas se citan “la violación al principio del debido proceso, al derecho a contar con asistencia y defensa legal, la restricción a un control amplio y suficiente del poder judicial sobre los actos de la autoridad administrativa, la amplitud con la que se prevé la retención preventiva del y de la migrante sin definir las causas que la habilitan y la restricción a los derechos de reunificación familiar y dispensa por razones humanitarias”.
En tanto, las autoridades nacionales añaden en el decreto de derogación que los cambios a la ley migratoria, agravaron “exponencialmente la litigiosidad en materia migratoria”.
El mensaje del CELS
“Celebramos la decisión del Poder Ejecutivo de derogar el DNU 70/2017, cuya implementación significó un claro retroceso en los derechos de las personas migrantes en el país en los últimos cuatro años”, publicó el El Centro de Estudios Legales y Técnicos (CELS) esta mañana en su cuenta de Twitter.
✅Celebramos la decisión del Poder Ejecutivo de derogar el DNU 70/2017, cuya implementación significó un claro retroceso en los derechos de las personas migrantes en el país en los últimos cuatro años. https://t.co/ybMn4mtYQw
👇— CELS (@CELS_Argentina) March 5, 2021
Y agregó: “La anulación de este decreto es un paso fundamental para garantizar más igualdad de derechos, el derecho a migrar y la obligación del Estado de regularizar”.